Miles de beneficiarios de IMV perderían el beneficio: ¿Qué requisito clave debes cumplir?

IMV

El Ingreso Mínimo Vital (IMV)es una ayuda social puesta en marcha por el Estado para garantizar que las personas residentes en España tengan cubiertas sus necesidades económicas básicas. Para ello los beneficiarios deben cumplir ciertos requisitos, siendo el de no sobrepasar determinado nivel de ingresos, cifra que se actualiza anualmente, uno de los principales.

Quienes sobrepasen ese tope de rentas se pueden despedir de la ayuda estatal y como es en el último mes de cada año cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisa los ingresos declarados de todos los beneficiarios de esta ayuda es posible que en 2025 algunos de ellos la pierdan. La declaración de Renta, que todo beneficiario de IMV está obligado a hacer, es la herramienta básica para realizar las citadas comprobaciones.

La cantidad mensual que cobra un beneficiario del IMV se fija según la situación personal de cada uno de los que lo reciben, que pueden ser personas en paro o en activo, pero que no alcanzan unos ingresos mínimos para cubrir sus necesidades: su importe se calcula restando del tope de IMV que corresponde a un beneficiario en función de su unidad familiar los ingresos mensuales que esa unidad tiene. Con las revisiones de los requisitos un beneficiario podría no sólo ver suspendida o retirada la ayuda, sino modificada según sus nuevas condiciones personales.

Además de sobrepasar el tope de renta, hay otras razones por las que se puede perder el IMV, ya sea temporalmente o de forma definitiva.

Entre los motivos para que se suspenda el cobro del IMV:

  • Que no se cumplan temporalmente alguno de los límites de ingresos imprescindibles, recogidos en la web del Ministerio.
  • Incumplimiento temporal de alguna obligación a la hora de cobrar la ayuda por parte del titular o de algún miembro en la unidad de convivencia
  • Trasladarse al extranjero durante menos de 90 días sin comunicar a la Seguridad Social o sin justificación
  • No entregar la comunicación del mantenimiento o modificación de los certificados expedidos por servicios sociales en el plazo establecido
  • No presentar la Declaración de la Renta durante dos ejercicios seguidos
  • Incumplir los límites de renta y patrimonio de cada año

Si las razones de suspensión anteriores son más graves o se prologan en el tiempo, la Seguridad Social podría retirar definitivamente el cobro de la prestación. Estas son las situaciones que debes evitar si no quieres una extinción del cobro.

  • Que la suspensión se mantenga durante un año entero
  • Perder de forma definitiva cualquiera de las obligaciones para cobrar la prestación
  • Renunciar a la prestación
  • El fallecimiento del titular
  • Trasladarse al extranjero sin comunicar a la Seguridad Social o sin justificación durante más de 90 días
  • Por recaer más de una vez en un procedimiento sancionador
  • Incumplir reiteradamente las condiciones para la compatibilidad con el desarrollo de un trabajo, como autónomo o asalariado. Hay que tener en cuenta que desde enero hay bonificaciones para que personas contratadas puedan seguir cobrando el IMV si no llegan al umbral mínimo.

Las suspensiones y retiradas del IMV se producen siempre el primer día hábil del mes siguiente al de la causa o desde que la Seguridad Social tenga conocimiento de ello. En el caso de las suspensiones, hasta que la causa no sea estudiada y subsanada, la persona no cobrará el IMV nuevamente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Subir

Éste sitio utiliza cookies para mejorar la experiencia de navegación. más info...