Un hombre deberá devolver 12.311 Euros por no actualizar con cuántas personas vivía
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de la Seguridad Social y ha determinado que un hombre deberá devolver 12.311 euros que recibió en concepto de Ingreso Mínimo Vital (IMV). La razón detrás de esta decisión es que el beneficiario no informó correctamente sobre las personas con las que convivía, lo que llevó a la administración a considerar que la ayuda fue percibida de manera indebida.
La Seguridad Social detecta irregularidades en la unidad de convivencia
El afectado comenzó a recibir el IMV en junio de 2020, cuando la Seguridad Social aprobó su solicitud tras verificar que cumplía con los requisitos establecidos en ese momento. Desde entonces, percibió la prestación de forma continuada hasta septiembre de 2021, sumando un total de 12.311 euros.
Sin embargo, en una revisión posterior, la administración detectó que la composición de su unidad de convivencia no coincidía con la declarada en su solicitud inicial. A través del padrón municipal, se comprobó que convivía con personas que no había incluido en su declaración, lo que suponía un incumplimiento de los criterios necesarios para recibir el IMV.
Ante esta situación, la Seguridad Social procedió a extinguir la prestación y a exigir la devolución del importe percibido indebidamente.
El intento fallido de recurrir la decisión
El beneficiario presentó una reclamación alegando que su situación económica no había cambiado y que seguía necesitando la ayuda. No obstante, la Seguridad Social desestimó su solicitud, argumentando que la prestación no solo depende del nivel de ingresos, sino también de la correcta declaración de la unidad de convivencia.
Disconforme con la resolución, el afectado llevó el caso ante los juzgados de lo social, donde tampoco obtuvo un fallo favorable. Finalmente, recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que confirmó la extinción del IMV y la obligación de devolver los 12.311 euros.
La importancia de informar cualquier cambio
En su sentencia, el tribunal subrayó que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital están obligados a notificar cualquier cambio en su unidad de convivencia o ingresos. De acuerdo con la normativa vigente, estas modificaciones pueden afectar la concesión o el mantenimiento de la ayuda, por lo que no informar sobre ellas puede derivar en la pérdida del derecho a la prestación y en la obligación de devolver las cantidades percibidas.
En este caso, al no haber actualizado su situación, la Seguridad Social actuó conforme a la ley al suspender la ayuda y exigir la devolución del dinero. Además, el fallo confirma que el afectado no podrá volver a solicitar el IMV hasta que regularice su situación y reintegre la cantidad reclamada.
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