Bono Guerra Económica y Bono Especial, septiembre 2023: Cuándo cobrar, montos y más

El Bono de Guerra Económica se entrega desde febrero 2023 a los venezolanos y desde mayo tiene nuevo monto, de acuerdo a lo anunciado por el presidente Nicolás Maduro. Por ello, en septiembre se espera el pago para los trabajadores activos, pensionados del IVSS y Amor Mayor. Revisa, en esta nota, la fecha del depósito del subsidio y qué hacer para recibir el apoyo económico.

Índice
  1. Bono de Guerra Económica: fechas de pago de septiembre 2023
  2. ¿Cómo recibir el Bono de Guerra Económica, septiembre 2023?

Bono de Guerra Económica: fechas de pago de septiembre 2023

El depósito del Bono de Guerra Económica se entrega de forma mensual a los venezolanos. Para el mes de septiembre, aún no se cuentan con fechas exactas de depósito.

El mes pasado, el Sistema Patria comenzó el depósito para los trabajadores activos el 15 de agosto. Luego, los jubilados recibieron el suyo el 17 de agosto, mientras que la fecha para el pago de los pensionados todavía está pendiente.

  • Personal activo: inició el 15 de agosto.
  • Jubilados: inició el 17 de agosto.
  • Pensionados del IVSS y Amor Mayor: 21 de agosto.

¿Cómo recibir el Bono de Guerra Económica, septiembre 2023?

Si aún no recibes el Bono de Guerra Económica, a continuación podrás ver las condiciones que tendrás que cumplir para acceder al beneficio:

  • Verificar que el RIF de la institución pública donde trabajes esté correctamente colocado y entrelazado con el logo del IVSS que aparece en la Plataforma Patria.
  • Si eres trabajador del sector público cesante, tendrás que actualizar tu condición a 'jubilado'.
  • Si cobras la pensión del IVSS, pero aún no te dieron tu jubilación y sigues como trabajador activo, deberás seleccionar la opción 'trabajador activo'.
  • Si eres pensionado del IVSS o Amor Mayor y laboraste en el sector privado alguna vez, tendrás que marcar la opción 'jubilado' y no tener relación con el sector público.
  • Si laboras de forma independiente, elige entre estas dos opciones: 'cuenta propia' o 'trabajo en el hogar', según sea tu caso.
  • Si trabajas en el sector privado, coloca que ya no tienes relación con la compañía privada o que eres jubilado. De igual forma, escoge la opción 'jubilado por la empresa privada'.

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